El rechazo liminar solo puede utilizarse cuando la improcedencia sea manifiesta

El Tribunal Constitucional, mediante sentencia recaída en el Exp. N.º 01934-2020-PHC/TC se ha pronunciado sobre el rechazo liminar.

EL RECHAZO LIMINAR SOLO PUEDE UTILIZARSE CUANDO LA IMPROCEDENCIA SEA MANIFIESTA [EXP. N.º 01934-2020-PHC/TC]

El Tribunal Constitucional, mediante sentencia recaída en el Exp. N.º 01934-2020-PHC/TC se ha pronunciado sobre el rechazo liminar. 

El colegiado ha señalado que “(…), si bien es cierto que el rechazo liminar es una herramienta válida con la que cuenta el juez que conoce de un habeas corpus en primera instancia, también lo es que solo puede utilizarse cuando la improcedencia sea manifiesta, es decir, que no quepa margen de duda. Sin embargo, como se advierte en el presente caso, existen pretensiones que exigen una mayor investigación por parte del juez constitucional, lo que determina que el rechazo liminar en el presente caso resulta indebido” (FJ 11).

Esta resolución es relevante dado que, el TC ha establecido cuando puede utilizarse el rechazo liminar. 

Fuente: https://jurisprudencia.sedetc.gob.pe/sistematizacion-jurisprudencial/busqueda

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