El juez de casación no es "juez del proceso", sino "juez de la sentencia"

La Corte Suprema, mediante sentencia de Casación N.º 2345-2021/San Martín, se ha pronunciado sobre el papel del juez de casación a partir de una lectura de la teoría del razonamiento de las resoluciones judiciales.

EL JUEZ DE CASACIÓN NO ES “JUEZ DEL PROCESO”, SINO “JUEZ DE LA SENTENCIA” [CASACIÓN N.º 2345-2021/SAN MARTÍN]

La Corte Suprema, mediante sentencia de Casación N.º 2345-2021/San Martín, se ha pronunciado sobre el papel del juez de casación a partir de una lectura de la teoría del razonamiento de las resoluciones judiciales. 

El colegiado supremo determinó que “en respaldo la dogmática procesalista, sostiene que los jueces de casación únicamente controlan el nexo relacional entre la valoración de la prueba y la motivación que pretende justificarla, y actúan no como juez del proceso, sino como juez de la sentencia. Esta concepción se encuentra reconocida legalmente en el literal 2 del artículo 432 del Código Procesal Penal, en cuanto señala que la competencia de la Corte Suprema “se ejerce sobre los errores jurídicos que contenga la resolución recurrida” (FJ. 4).

Esta sentencia es importante porque adopta una postura importante en torno al papel del juez de casación, el cual no debe ser visto como un juez del proceso ya que no se corresponde con una tercera instancia, sino un juez que controla la sentencia para no afectar aspectos esenciales del debido proceso

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