El estado tiene la obligación de realizar investigaciones serias, imparciales y efectivas

La Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 03 de setiembre de 2012, señaló que los Estados tienen la obligación de iniciar investigaciones una vez tomen conocimiento de presuntos hechos ilícitos, debiendo ser investigaciones imparciales, efectivas y orientadas al descubrimiento de la verdad.

EL ESTADO TIENE LA OBLIGACIÓN DE REALIZAR INVESTIGACIONES SERIAS, IMPARCIALES Y EFECTIVAS [CASO PALMA MENDOZA Y OTROS VS. ECUADOR]

La Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 03 de setiembre de 2012, señaló que los Estados tienen la obligación de iniciar investigaciones una vez tomen conocimiento de presuntos hechos ilícitos, debiendo ser investigaciones imparciales, efectivas y orientadas al descubrimiento de la verdad.

En efecto, la Corte señaló que “el deber de actuar de oficio en casos como el presente, implica que una vez que las autoridades estatales tengan conocimiento de los hechos, deben iniciar sin dilación, una investigación seria, imparcial y efectiva por todos los medios legales disponibles, orientada a la determinación de la verdad y a la persecución, captura, enjuiciamiento y eventual castigo de las personas responsables. Esta obligación de investigar se mantiene “cualquiera que sea el agente al cual pueda eventualmente atribuirse la violación, aun los particulares, pues, si sus hechos no son investigados con seriedad, resultarían, en cierto modo, auxiliados por el poder público, lo que comprometería la responsabilidad internacional del Estado”. En el marco de lo expuesto, cabe señalar que el deber de investigar es una obligación de medios, y no de resultados. Sin desmedro de lo anterior, la investigación debe ser asumida por el Estado como un deber jurídico propio y no como una simple formalidad condenada de antemano a ser infructuosa. En el marco de las investigaciones, deben evitarse omisiones en el seguimiento de líneas lógicas de investigación”.

Se considera esta sentencia importante porque reitera la obligación de los Estados de realizar las investigaciones con idoneidad, actuando oportunamente.

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