El derecho de presunción de inocencia en la detención judicial

El Tribunal Constitucional, mediante sentencia recaída en el Exp. N.° 01091-2002-HC/TC, se ha pronunciado sobre la detención judicial.

EL DERECHO DE PRESUNCIÓN DE INOCENCIA EN LA DETENCIÓN JUDICIAL [STC EXP. N.° 01091-2002-HC/TC-LIMA]

El Tribunal Constitucional, mediante sentencia recaída en el Exp. N.° 01091-2002-HC/TC, se ha pronunciado sobre la detención judicial.

El colegiado ha decidido pronunciarse señalando lo siguiente: “que si bien la detención judicial preventiva constituye una medida que limita la libertad física, por sí misma, ésta no es inconstitucional. Sin embargo, por el hecho de tratarse de una medida que restringe la libertad locomotora, dictada pese a que, mientras no exista sentencia condenatoria firme , al procesado le asiste el derecho a que se presuma su inocencia; cualquier restricción de ella siempre debe considerarse la última ratio a la que el juzgador debe apelar, esto es, susceptible de dictarse sólo en circunstancias verdaderamente excepcionales y no como regla general” (FJ N.° 10).

Esta resolución es relevante porque enfatiza en que pese a que el actor esté con detención judicial como figura preventiva, esto no lo desampara ante el derecho que tiene de la presunción de inocencia mientras no exista sentencia condenatoria. 

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