El derecho a probar se encuentra sujeto a la pertinencia, utilidad, oportunidad y licitud

El Tribunal Constitucional se ha pronunciado sobre la admisibilidad de medios probatorios y el derecho de defensa, precisamente el derecho a ofrecer medios probatorios.

EL DERECHO A PROBAR SE ENCUENTRA SUJETO A LA PERTINENCIA, UTILIDAD, OPORTUNIDAD Y LICITUD [EXP. N.° 00847-2021-PA/TC]

El Tribunal Constitucional se ha pronunciado sobre la admisibilidad de medios probatorios y el derecho de defensa, precisamente el derecho a ofrecer medios probatorios. 

En ese sentido, el colegiado ha señalado que “el derecho a probar se encuentra sujeto a determinados principios, como son los de que su ejercicio se realice de conformidad con los valores de pertinencia, utilidad, oportunidad y licitud. Ellos constituyen principios de la actividad probatoria y, al mismo tiempo, límites a su ejercicio, derivados de la propia naturaleza del derecho” (FJ 15). 

Esta sentencia es importante, delimita la actividad probatoria posterior a la conformación del acervo probatorio mediante presupuestos de pertinencia, utilidad, oportunidad y licitud.

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