¿El derecho a la doble instancia comprende al recurso de casación?

El Tribunal Constitucional, mediante sentencia recaída en el Exp. N.° 03942-2021-HC/TC-Puno, se ha pronunciado acerca de si el derecho a la doble instancia comprende al recurso de casación.

¿EL DERECHO A LA DOBLE INSTANCIA COMPRENDE AL RECURSO DE CASACIÓN? [EXP. N.° 03942-2021-HC/TC-PUNO]

El Tribunal Constitucional, mediante sentencia recaída en el Exp. N.° 03942-2021-HC/TC-Puno, se ha pronunciado acerca de si el derecho a la doble instancia comprende al recurso de casación.

El colegiado manifestó que "el recurso de casación es un recurso extraordinario y no una suprainstancia al interior de un proceso ordinario, otorgado a discrecionalidad del juez, y que no resulta obligatoria su concesión. Se verifica además que la recurrente tuvo oportunidad de hacer uso de su derecho a la doble instancia, al apelar la sentencia emitida por el colegiado demandado y revisado por la sala penal. En ese sentido, estos argumentos en definitiva no resultan atendibles en sede constitucional".

Esta resolución es relevante pues precisa el contenido del derecho a la doble instancia.

[Accede a resolución en "Descargar"].

Pariona Abogados