EL DELITO DE PECULADO DOLOSO
La Corte Suprema, mediante Recurso de Nulidad N° 1606-2019, Ancash, precisó alguno de los elementos objetivos del tipo penal de peculado doloso.
Así, la Sala Penal Permanente precisó que no rendir cuenta oportuna de los gastos realizados con fondos del Estado pese a la obligación de hacerlo constituye indicio de ánimo de apropiación de dichos fondos; más aún si la rendición de cuentas posterior se sustentó con documentos falsificados.
La decisión de Corte Suprema es relevante ya que indicó que aunque indicó que los gastos están justificados con las declaraciones juradas, que posteriormente presentó, de los empleados que realizaron los trabajos, por lo que es falsa su afirmación en instrucción y en juicio oral respecto a que desconocía la existencia de estos recibos falsificados.