El delito de falsedad genérica no solo procede en casos de escritos, ssino también con palabras o hechos

La Corte Suprema, mediante la Casación N.º 1299-2022, Cusco, declaró fundado el recurso interpuesto sobre falsedad genérica, puesto que si existe medio relevante.

EL DELITO DE FALSEDAD GENÉRICA NO SOLO PROCEDE EN CASOS DE ESCRITOS, SINO TAMBIÉN CON PALABRAS O HECHOS [Casación N.º 1299-2022, Cusco]

La Corte Suprema, mediante la Casación N.º 1299-2022, Cusco, declaró fundado el recurso interpuesto sobre falsedad genérica, puesto que si existe medio relevante.

La Sala Penal Permanente resolvió que “el delito de falsedad genérica es, pese a todo, un tipo residual: resulta que solo se aplicará a los hechos punibles, en la medida en que estos supuestos no tengan cabida en ninguno de los tipos precedentes. La consecuencia de esto es que no solo será posible cometer este delito a través de un documento, sino que podrá realizarse mediante 'palabras o hechos' y, en buena cuenta, mediante cualquier medio, siempre que suponga una alteración de la verdad y cause un perjuicio. En la práctica, esta circunstancia, obliga a circunscribir el tipo a los supuestos en los que el objeto material sobre el que recae dicho comportamiento, no es el documento" (FJ 12).

Esta decisión es importante ya que brinda mayores alcances respecto al delito de falsedad genérica y en cuales supuestos puede consumarse.

Fuente: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/faces/page/inicio.xhtml

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