El convencimiento del juez penal a través de la prueba indirecta

El Tribunal Constitucional, mediante sentencia recaída en el Exp. N.° 03847-2021-PHC/TC, se ha pronunciado sobre el convencimiento del juez penal a través de la prueba indirecta.

EL CONVENCIMIENTO DEL JUEZ PENAL A TRAVÉS DE LA PRUEBA INDIRECTA [STC EXP. N.° 03847-2021-PHC/TC-MADRE DE DIOS]

El Tribunal Constitucional, mediante sentencia recaída en el Exp. N.° 03847-2021-PHC/TC, se ha pronunciado sobre el convencimiento del juez penal a través de la prueba indirecta. 

El colegiado ha decidido pronunciarse señalando lo siguiente: “que cuando el juez penal obtiene el convencimiento a través de la prueba indirecta (prueba indiciaria o prueba por indicios), será preciso que cuando esta sea utilizada, quede debidamente explicitada en la resolución judicial; pues no basta con expresar que la conclusión responde a las reglas de la lógica, las máximas de la experiencia o a los conocimientos científicos, sino que dicho razonamiento lógico debe estar debidamente exteriorizado en la resolución que la contiene”  (FJ N.° 6).

Esta resolución es relevante porque enfatiza que el juez penal debe indicar de manera específica que, parte de su decisión plasmada en la resolución que emite es por el convencimiento que obtuvo a través de la prueba indirecta.

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