El arresto domiciliario y su no afectación a la libertad individual

El Tribunal Constitucional, mediante sentencia recaída en el Exp. N° 03691-2021-PHC/TC, se ha pronunciado sobre el arresto domiciliario y su no afectación a la libertad individual.

EL ARRESTO DOMICILIARIO Y SU NO AFECTACIÓN A LA LIBERTAD INDIVIDUAL [EXP. N° 03691-2021-PHC/TC]
 
El Tribunal Constitucional, mediante sentencia recaída en el Exp. N° 03691-2021-PHC/TC, se ha pronunciado sobre el arresto domiciliario y su no afectación a la libertad individual.

El colegiado ha señalado que “la detención o arresto domiciliario se ha concebido como una forma simple de comparecencia que no afecta en nada la libertad individual. Por el contrario, es la forma más grave de comparecencia restringida que la norma procesal penal ha contemplado, porque la intensidad de coerción personal que supone es de grado inmediato inferior al de la detención preventiva” (FJ.10).

Esta resolución es importante, porque señala que el arresto domiciliario como forma simple de comparecencia simple, no afecta en nada la libertad individual y su intensidad de coerción personal es de grado inmediato inferior a la prisión preventiva.

Fuente: https: https://jurisprudencia.sedetc.gob.pe/sistematizacion-jurisprudencial/busqueda 

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