El alcance restrictivo y excepcional del fuero penal militar

La Corte Interamericana de Derechos Humanos, mediante sentencia recaída en el Caso Durand y Ugarte vs. Perú, se ha pronunciado sobre el alcance restrictivo y excepcional del fuero penal militar.

EL ALCANCE RESTRICTIVO Y EXCEPCIONAL DEL FUERO PENAL MILITAR [CASO DURAND Y UGARTE  VS. PERÚ ]

La Corte Interamericana de Derechos Humanos, mediante sentencia recaída en el Caso Durand y Ugarte vs. Perú, se ha pronunciado sobre el alcance restrictivo y excepcional del fuero penal militar.

El colegiado ha señalado que "en un estado democrático de derecho la jurisdicción penal militar ha de tener un alcance restrictivo y excepcional y estar encaminado a la protección de intereses jurídicos especiales, vinculados con las funciones que la ley asigne a las fuerzas militares. Así, debe estar excluido del ámbito de la jurisdicción militar el juzgamiento de civiles y solo debe juzgar a militares por la comisión de delitos y faltas que por su propia naturaleza atentan contra bienes jurídicos propios del orden militar" (FJ 117) 

Está jurisprudencia es relevante porque señala que el fuero penal militar tiene un alcance restrictivo y excepcional, por lo cual, solo es válido el procesamiento de militares que atenten contra bienes jurídicos de orden militar.

Fuente: https://www.corteidh.or.cr/cf/jurisprudencia2/

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