Dolo eventual: Es necesario valorar el elemento contextual

La Corte Suprema precisó que la determinación del dolo eventual exige valorar adecuadamente el elemento contextual del hecho. En el caso analizado, un ataque con arma de fuego desde una motocicleta contra un agraviado y su acompañante. El Tribunal destacó que la proximidad de ambas víctimas, la corta distancia de los disparos y el medio comisivo empleado permitían concluir que los procesados podían representarse objetivamente la posibilidad de ocasionar un resultado lesivo o mortal también respecto de la acompañante. Por lo que, de continuar con su accionar implicaba la aceptación de dicho resultado.

DOLO EVENTUAL: ES NECESARIO VALORAR EL ELEMENTO CONTEXTUAL [R. N. N.° 456-2024/LIMA SUR]

La Corte Suprema precisó que la determinación del dolo eventual exige valorar adecuadamente el elemento contextual del hecho. En el caso analizado, un ataque con arma de fuego desde una motocicleta contra un agraviado y su acompañante. El Tribunal destacó que la proximidad de ambas víctimas, la corta distancia de los disparos y el medio comisivo empleado permitían concluir que los procesados podían representarse objetivamente la posibilidad de ocasionar un resultado lesivo o mortal también respecto de la acompañante. Por lo que, de continuar con su accionar implicaba la aceptación de dicho resultado.

El colegiado indicó que: "Por tanto, el recurrente, como parte de la distribución de roles y previa decisión en conjunto, ejecutó ese plan criminal de acuerdo con ese contexto detallado (la distancia y las circunstancias desde donde dispararon los agentes del delito, entre estos, el encausado; y la distancia corta en que se encontraba el agraviado respecto a la agraviada, lo cual era absolutamente apreciable por el recurrente); de modo que no se puede negar que él se representó como “posibilidad” material y objetiva el generarle un resultado lesivo también a la persona que estaba al lado del agraviado [...]; a pesar de ello, realizaron esa conducta generadora de poner en peligro el bien jurídico de ella (su vida), ejecutando las acciones claramente homicidas, lo que llevó a que sea impactada con un disparo de arma de fuego.Es por ello que, para determinar este tipo de dolo, es importante tener en cuenta el aspecto contextual de los hechos, el cual incluye también el medio comisivo utilizado. Verbigracia: la persona que le suministra gasolina a una persona y luego le prende fuego, no puede alegar que solo pretendió causarle lesiones; admitir esto resultaría jurídicamente absurdo. De ahí que la doctrina hable de objetivar el dolo a través del elemento contextual. En ese marco, no es admisible el planteamiento de la Sala superior en el sentido de que estamos únicamente ante un delito de lesiones graves, sino que aquí se ha presentado el delito tentado de homicidio calificado, por la concurrencia de un dolo eventual." [F.J. 5.11]

Para recibir más información únete a nuestra COMUNIDAD:

¿NECESITAS AYUDA LEGAL? Contáctanos: (+51) 915 154 298

Pariona Abogados