Derecho de defensa: Principio de interdicción y de contradicción

La Corte Suprema, mediante el R. N. N.° 740-2024-Lima Este, ha desarrollado al derecho de defensa en sus manifestaciones de dos principios importantes.

#CS | DERECHO DE DEFENSA: PRINCIPIO DE INTERDICCIÓN Y DE CONTRADICCIÓN [R. N. N.º 740-2024-LIMA ESTE]
 

La Corte Suprema, mediante el R. N. N.° 740-2024-Lima Este, ha desarrollado al derecho de defensa en sus manifestaciones de dos principios importantes.

El colegiado supremo señaló que "se proyecta como principio de interdicción para afrontar cualquier indefensión y como principio de contradicción de los actos procesales que pudiera repercutir en la situación jurídica de alguna de las partes, sea en un proceso o procedimiento, o en el caso de un tercero con interés" (Fundamento 7.2).

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