Derecho a la igualdad y la no discriminación. Caso Rojas Marín y otra Vs. Perú

En la sentencia de fecha 12 de marzo de 2020, la Corte Interamericana de Derechos Humanos sancionó al Perú por vulnerar el derecho a la no discriminación y a la libertad personal de Azul Rojas Marín.

DERECHO A LA IGUALDAD Y LA NO DISCRIMINACIÓN. CASO ROJAS MARÍN Y OTRAS VS. PERÚ 

En la sentencia de fecha 12 de marzo de 2020, la Corte Interamericana de Derechos Humanos sancionó al Perú por vulnerar el derecho a la no discriminación y a la libertad personal de Azul Rojas Marín.

Los hechos se centran en la denuncia presentada por la señora Azul Rojas Marín, quien fue intervenida y detenida con presuntos fines de identificación para luego ser violentada y torturada por agentes policiales. Estos hechos fueron objeto de investigación preparatoria, sin embargo, fueron sobreseídos con posterioridad. A su vez, se inició un procedimiento disciplinario contra los fiscales que estuvieron a cargo de las diligencias preliminares, toda vez que habían mostrado parcialidad en la investigación de los hechos. Además, fueron denunciados por el delito de abuso de autoridad, sin embargo, esa denuncia también fue archivada. Posteriormente, se iniciaron otras investigaciones disciplinarias y penales que también fueron infructíferas. 

La Corte en su análisis recordó que las personas LGTB han sido históricamente víctimas de discriminación estructural, estigmatización, diversas formas de violencia y violaciones a sus derechos fundamentales. Sobre ello, indicó que la orientación sexual, identidad de género o expresión de género de la persona son categorías protegidas por la Convención Americana de Derechos Humanos. En esa línea, la Corte consideró que la detención de la señora Rojas no estuvo acorde a la legislación del Estado, así como fue arbitraria, toda vez que en su detención existieron ataques a su persona en virtud a su orientación sexual; además, indicó que no se le informó a la señora Roja sobre los motivos de su detención. Por ello, concluyó que el Estado peruano vulneró el artículo 7.3. y 7.4. de la Convención Americana de Derechos Humanos.

Esta sentencia es importante porque, por su cercanía temporal, muestra el estado vulnerable de la comunidad LGTB en el Perú, así como los susceptibles que son de sufrir detenciones ilegales y arbitrarias.

[Accede a resolución en "Descargar"]. 

Pariona Abogados