Derecho a interrogar a testigos. Caso Castillo Petruzzi Vs. Perú

La Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 30 de mayo de 1999, Caso Castillo Petruzzi y otros vs. Perú, se pronunció sobre el derecho a interrogar a testigos.

DERECHO A INTERROGAR A TESTIGOS. CASO CASTILLO PETRUZZI VS. PERÚ 

La Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 30 de mayo de 1999, Caso Castillo Petruzzi y otros vs. Perú, se pronunció sobre el derecho a interrogar a testigos.

En el año 1993, en los días 14 y 15 de octubre, se realizó el operativo denominado El alacrán, llevado a cabo por la División Nacional Contra el Terrorismo. En dicho operativo se detuvieron en distintos lugares a los señores Jaime Francisco Sebastián Castillo Petruzzi, Lautaro Enrique Mellado Saavedra, María Concepción Pincheira Sáez y Alejandro Luis Astorga Valdez, todos ellos de nacionalidad chilena, quienes fueron acusados del delito de traición a la patria, y procesados y condenados en el fuero militar, conforme a lo ordenado por la legislación de aquel entonces. Asimismo, sus casos al no poder ser juzgados en el fuero militar fueron enviados al fuero ordinario, donde también fueron procesados, pero por el delito de terrorismo, y condenados a cadena perpetua. En cada proceso individual, se le negó a los respectivos abogados defensores entrevistarse con sus defendidos, también se es señalado en las declaraciones de los imputados estos permanecieron encapuchados y engrilletado, de igual modo en las diligencias no se mostraron las pruebas a los abogados defensores, ni les fue permitido contrainterrogar a los testigos. Estando los imputados detenidos tenían prohibido comunicarse por el período de un año, la legislación de la época les prohibía interponer recursos, en particular, el de habeas corpus. Además de ello, se produjeron otras dilaciones indebidas.

La Corte consideró que el Estado peruano vulneró el artículo 8, numeral 2, literales b, c, d y f de la Convención Americana de Derechos Humanos. En su fundamentación señaló que una de las prerrogativas que deben concederse a los acusados es la examinar a los testigos en su contra y a su favor.

Esta sentencia emitida por la Corte IDH es de relevancia, en tanto desarrolla el derecho a interrogar testigos que ha sido ignorado por los tribunales nacionales.

[Accede a resolución en "Descargar"]. 

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