Delito de ocultamiento de menor de las investigaciones exige investigación en desarrollo

La Corte Suprema, mediante Recurso de Casación N.° 483-2020/Del Santa, se ha referido al delito de ocultamiento del menor de las investigaciones como delito tipificado en nuestro ordenamiento penal.

DELITO DE OCULTAMIENTO DE MENOR DE LAS INVESTIGACIONES EXIGE INVESTIGACIÓN EN DESARROLLO (CASACIÓN N.° 483-2020/DEL SANTA) 

La Corte Suprema, mediante Recurso de Casación N.° 483-2020/Del Santa, se ha referido al delito de ocultamiento del menor de las investigaciones como delito tipificado en nuestro ordenamiento penal. 

La Corte indica: “Lo relevante para la configuración típica es que se haya logrado el resultado del acto o actos de ocultamiento del menor a las investigaciones de la administración de justicia u otro ente competente. Atañe precisar que el ilícito penal en comento no está dirigido al ocultamiento de un menor, sujeto a investigación como infractor a la ley penal, de las autoridades. La norma no exige este componente para su materialización, lo que sí exige es la existencia de una investigación en desarrollo por la justicia o por la autoridad competente, a la cual deba asistir el menor”.

Esta sentencia es importante porque dota de contenido al delito de ocultamiento de menor de las investigaciones.

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