Delito de feminicidio y violación sexual

La Corte Suprema, mediante la Casación N.º 278-2020/Lima Norte, delimitó la configuración de los delitos de feminicidio y violación sexual tipificados en el Código Penal.

DELITO DE FEMINICIDIO Y VIOLACIÓN SEXUAL

La Corte Suprema, mediante la Casación N.º 278-2020/Lima Norte, delimitó la configuración de los delitos de feminicidio y violación sexual tipificados en el Código Penal.

La Sala Penal Permanente precisa que el delito de feminicidio, como tipo delictivo, en pureza autónomo, y de carácter pluriofensivo desde que por sus elementos de contexto, como la coacción sexual entre ellos, y por su elemento central: matar a una mujer en tanto incumple o se le imponen los estereotipos de género, se afecta asimismo el principio derecho de igualdad y su proyección en la dignidad y libertad de la persona –en todas sus dimensiones, incluida la sexual–. 


La decisión de Corte Suprema es relevante puesto que la duplicación de la calificación penal de ambos delitos entraría en conflicto con el principio del ne bis in idem sustancial; además, la norma prevaleciente es la de feminicidio dada la entidad del bien jurídico tutelado y la más grave conminación penal que tiene.

[Accede a la resolución en "Descargar"]. 
 

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