DEFRAUDACIÓN ESPECIAL: CONSUMACIÓN DEL DELITO DE ESTELIONATO [Casación N.º 1085-2019, Huánuco]
La Corte Suprema, mediante la Casación N.º 1085-2019, Huánuco, declaró fundado el recurso interpuesto en tanto se delimita en qué momento se consuma del delito de estelionato.
La Sala Penal Permanente resolvió que “[e]l delito se consuma desde que se produce el perjuicio patrimonial del sujeto pasivo, lo que se produce en el momento en que paga por lo que compra8. En el caso de la compraventa de bien ajeno, el pago por el bien reduce el patrimonio del comprador e incrementa el del vendedor" (FJ 10).
Esta decisión es importante ya que brinda mayores alcances respecto a los elementos típicos del delito de estelionato.
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