Declaración de la víctima y las reglas de la lógica y la experiencia

La Corte Suprema mediante el Recurso de Nulidad N.° 2046-2018/Lima Sur ha indicado que, se constata que la versión del agraviado no es completamente uniforme respecto de algunas circunstancias del hecho; además, no cuenta con elemento periférico alguno que dote a su versión de credibilidad; así, no supera las garantías de certeza establecidas en el Acuerdo Plenario número 02-2005/CJ-116.

DECLARACIÓN DE LA VÍCTIMA Y LAS REGLAS DE LA LÓGICA Y LA EXPERIENCIA
 

La Corte Suprema mediante el Recurso de Nulidad N.° 2046-2018/Lima Sur ha indicado que, se constata que la versión del agraviado no es completamente uniforme respecto de algunas circunstancias del hecho; además, no cuenta con elemento periférico alguno que dote a su versión de credibilidad; así, no supera las garantías de certeza establecidas en el Acuerdo Plenario número 02-2005/CJ-116. 

La Sala Penal Permanente ha señalado que, las versiones de los acusados sobre la existencia de un pugilato son contestes. Se opone a las reglas de la lógica y máximas de la experiencia que, al advertir la superioridad numérica de los agentes activos y el medio lesivo (arma de fuego), la víctima se enfrente a ellos. En consecuencia, las pruebas de cargo no son suficientes para justificar una sentencia condenatoria. Prima la garantía de presunción de inocencia de la que goza toda persona, de acuerdo al literal e del inciso 24 del artículo 2 de la Constitución Política del Estado. La sentencia debe ser confirmada.

Esta decisión es relevante debido a que, brinda alcances del delito de robo agravado.    

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