DECLARACIÓN DE CULPABILIDAD Y PROPORCIONALIDAD PARA LA DETERMINACIÓN JUDICIAL DE LA PENA [EXP. N.°03558-2022-HC/TC-LAMBAYEQUE]
El Tribunal Constitucional, mediante el expediente N.° 03558-2022-HC/TC-Lambayeque, se pronunció en torno a la vulneración del derecho a la prueba. El delito a colación fue de contra la administración pública, en concreto, cohecho activo en el ámbito de la función policial.
El colegiado ha señalado que “[...] la asignación de la pena obedece a una declaración previa de culpabilidad efectuada por el juez ordinario, quien en virtud de la actuación probatoria realizada al interior del proceso penal llega a la convicción de la comisión de los hechos investigados, la autoría de estos, así como el grado de participación del inculpado. Por tanto, el quantum de la pena efectuado dentro del marco legal, sea esta efectiva o suspendida, responde al análisis que realiza el juzgador ordinario sobre la base de los criterios mencionados, para consecuentemente fijar una pena que la judicatura penal ordinaria considere proporcional a la conducta sancionada [...]” (FJ. 6).
La determinación judicial de la pena cuenta con importancia tanto como consecuencia jurídico, requiriendo la declaratoria de culpabilidad, como la aplicación proporcionalidad de acuerdo a los actos del sujeto activo.
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