Debe superarse el principio de equipolencia para la aplicación de precedentes jurisprudenciales

La Corte Suprema, mediante sentencia recaída en la Casación N.° 156-2022-Amazonas se ha referido sobre el principio de equipolencia en torno a las decisiones recaídas en sentencias.

DEBE SUPERARSE EL PRINCIPIO DE EQUIPOLENCIA PARA LA APLICACIÓN DE PRECEDENTES JURISPRUDENCIALES [APELACIÓN N.º 156-2022-AMAZONAS]

La Corte Suprema, mediante sentencia recaída en la Casación N.° 156-2022-Amazonas se ha referido sobre el principio de equipolencia en torno a las decisiones recaídas en sentencias.

La Corte Suprema ha señalado que “[e]n lo pertinente, cada incidente o proceso declarativo de fondo es independiente y responde a la casuística. Así, para que lo decidido en un proceso judicial pueda aplicarse a otro, es indispensable que supere la teoría del precedente, en particular el principio de equipolencia; solo entonces genera la vinculación. Si no se coteja esto último, no habrá afinidad y/o relación con casos posteriores” (FJ. 3).

Esta sentencia es importante, porque señala cuál es el requisito para poder utilizar precedentes jurisprudenciales.

Fuente: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/faces/page/inicio.xhtml

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