¿CUÁLES SON LOS TRES SUBPRINCIPIOS DE LA RESOCIALIZACIÓN DEL CONDENADO? [CASACIÓN N.º 1690-2021, Arequipa]
La Corte Suprema, mediante sentencia recaída en la Casación 1690-2021, Arequipa, ha referido precisado los tres subprincipios que conlleva la resocialización del condenado. El delito a colación fue contra la vida, el cuerpo y la salud, en concreto, homicidio calificado en la modalidad de sicariato.
El colegiado ha señalado que "[...] la resocialización del condenado es un principio integrado por tres sub principios reeducación, rehabilitación y reincorporación. La reeducación hace referencia al proceso por el cual la persona adquiere determinadas actitudes que le permitirán desarrollar su vida en comunidad; la reincorporación hace alusión a la recuperación social de la persona condenada a determinada pena, y finalmente la rehabilitación representa la renovación jurídica del status del ciudadano que cumple determinada pena. De esta forma, la resocialización hace referencia a un proceso a través del cual se reeduca, se reincorpora y, finalmente, se rehabilita al condenado” (FJ.7).
Esta decisión es importante ya que brinda mayores alcances en torno a la resocialización, reeducación, rehabilitación y reincorporación.
Fuente: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/faces/page/inicio.xhtml