¿Cuáles son los alcances de la sentencia de revisión?

La Corte Suprema de la República, mediante Recurso de Casación N.° 2204-2019/Lima, se ha pronunciado en un caso de cuestionamiento de la desnaturalización del recurso de revisión.

¿CUÁLES SON LOS ALCANCES DE LA SENTENCIA DE REVISIÓN? [RECURSO CASACIÓN N.° 2204-2019/LIMA]

La Corte Suprema de la República, mediante Recurso de Casación N.° 2204-2019/Lima, se ha pronunciado en un caso de cuestionamiento de la desnaturalización del recurso de revisión. 

La Corte indica que la sentencia de revisión fundada se limita a declarar sin valor la sentencia materia de impugnación; y, como ésta solo es rescindente, corresponde al órgano judicial encargado del juicio de reenvío apreciar autónomamente, desde la actividad probatoria que se actuó con anterioridad y la que se realizó en su presencia, siempre cumpliendo, en todo caso y de manera específica respecto del material probatorio, los principios de contradicción, igualdad de armas, y los de oralidad e inmediación. Lo que los nuevos órganos judiciales de mérito deben respetar es la propia declaración de la Corte Suprema, el motivo que amparó la demanda de revisión y sus efectos consiguientes. Ello, por cierto, es independiente de que en la actividad probatoria estén vinculados a las propuestas de las partes y a su propia apreciación en el marco de las exigencias constitucionales del debido proceso, tutela jurisdiccional, defensa procesal y presunción de inocencia, pero con respecto, a su vez, a lo que resulta de la sentencia de revisión.

Esta sentencia es importante porque demarca el contenido preciso del recurso de revisión, sobre todo en casos en que se cuestiona un elemento tan importante como lo es la prueba pericial.

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