¿CUÁL ES LA NATURALEZA DE UNA TUTELA DE DERECHOS EN EL PROCESO PENAL? [APELACIÓN N.º 55-2023-CORTE SUPREMA]
La Corte Suprema, mediante la Apelación N.º 55-2023-Corte Suprema se ha pronunciado sobre la naturaleza jurídica de la tutela de derechos.
El colegiado ha señalado que “[e]n nuestro ordenamiento jurídico, con la vigencia del Código Procesal Penal, se ha creado la figura de la tutela de derechos, regulada en el artículo 71.4 de la norma adjetiva citada, la cual se constituye en una herramienta jurídica para los imputados que puede ser utilizada frente a requerimientos ilegales, la imposición de medidas limitativas de derechos indebidas o cualquier actuación procesal que signifique una vulneración de sus derechos y, con ello, el incumplimiento de las disposiciones normativas que los reconocen —específicamente las fijadas en el artículo 71.2 del Código Procesal Penal—. Así, se establece que los imputados podrán acudir a tal herramienta incluso desde las etapas primigenias del proceso penal, esto es, las diligencias preliminares” (FJ 5.6).
Esta sentencia es importante, porque identifica la relevancia y entendimiento acerca de la tutela de derechos en un proceso penal
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