CONSTITUYE VULNERACIÓN AL DERECHO DE DEFENSA DENEGARLE EL RECURSO DE NULIDAD AL QUEJOSO [Queja Ordinaria N.° 442-2019, Callao]
La Corte Suprema ha estimado que, constituye una afectación del derecho de defensa el denegarse el recurso de nulidad a la quejosa sin tener en cuenta que no participó en la diligencia de lectura de sentencia y la defensora pública no expresó conformidad ni rechazo frente a la sentencia condenatoria.
Por tal razón, el colegiado ha señalado que “este Supremo Tribunal aprecia que la desestimación del recurso de nulidad afectó el derecho de defensa e impugnación de la procesada […], pues la Sala Penal Superior no tomó en cuenta que la abogada de oficio asignada no expresó conformidad ni impugnó la sentencia condenatoria pese a ello se asumió indebidamente que la procesada quedaba notificada en ese acto aun cuando ella no estaba presente […]”.
Esta sentencia es importante, porque salvaguarda las garantías procesales vinculadas a la procesada.
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