CONFORMIDAD CON EL ACUERDO Y SENTENCIA DE CONCLUSIÓN ANTICIPADA DESVIRTÚAN MERAS AFIRMACIONES DE SER MAL ASESORADO POR ABOGADO DE OFICIO (EXP. N.° 01341-2021-PHC-TC/SAN MARTÍN)
El Tribunal Constitucional, mediante expediente N.° 01341-2021-PHC-TC/San Martín, se ha pronunciado en un caso en el que el recurrente señalaba una afectación al derecho de defensa por mal asesoramiento de abogado de oficio.
El Tribunal Constitucional sostuvo: “En tal sentido, este Tribunal advierte que el beneficiario prestó su declaración indagatoria asistido por su defensor público, designación con la cual estuvo de acuerdo, y que no se han presentado elementos de juicio que sirvan para desvirtuar el hecho de que aceptó expresamente la comisión del referido delito y la imposición de una pena privativa de libertad en la referida audiencia de juicio oral, lo que hizo asesorado por un defensor público, quien no lo dejó en indefensión más allá de sus meras afirmaciones de que fue mal asesorado”.
Esta sentencia es importante porque repercute en el deber de dar elementos objetivos acerca de la presunta indefensión, sobre todo cuando en acta consta la correcta conformidad del imputado en conclusión anticipada.
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