Conductas neutrales del abogado en el delito de colusión

La Corte Suprema, mediante la Casación N.º 526-2022, Corte Suprema, declara fundada la Excepción Improcedencia de Acción, relacionado a la emisión de un informe legal vinculado al caso Odebrecht – Proyecto Corredor Vial Interoceánica Perú – Brasil IIRSA - SUR. El delito a colación fue contra la administración pública, en concreto, colusión en agravio del Estado.

CONDUCTAS NEUTRALES DEL ABOGADO EN EL DELITO DE COLUSIÓN [Casación N.º 526-2022, Corte Suprema]

La Corte Suprema, mediante la Casación N.º 526-2022, Corte Suprema, declara fundada la Excepción Improcedencia de Acción, analizando la conducta de un abogado en el servicio de emisión de un informe legal. El delito a colación fue contra la administración pública, en concreto, colusión en agravio del Estado.

La Sala Penal Permanente resolvió que “[...] el abogado M. G. no tenía posición de garantía alguna y su prestación profesional no contenía, en sí misma, un riesgo especial de continuación delictiva: él se desempeñó, al emitir los informes legales cuestionados, en el ámbito de lo estrictamente profesional –Los informes legales se emitieron en ese marco, cumplió los requisitos de su prestación profesional,tanto más si su análisis jurídico no comprendió lo ocurrido en el curso de la licitación ni de la buena pro–. El recurrente no era garante de evitar la realización conductas delictivas de sus clientes –no estaba vinculado a lo que ellos hicieron, con anterioridad o con posterioridad a su emisión; no hubo un reparto de trabajo que le produjo una vinculación con los autores [....]–. Queda claro que el investigado M. G. se limitó a cumplir los requisitos de la prestación profesional que se le solicitó –Que no estaba prohibida per se–, prestación profesional que además no estaba condicionada al previo pacto delictivo ni a lo que luego se haría con el informe legal que emitió –éste no se produjo en función del posterior desarrollo delictivo–" (FJ 8).

Esta decisión es importante ya que brinda mayores alcances en torno a las conductas neutrales del abogado. 
 
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