Concurso ideal de delitos

La Corte Suprema mediante el Recurso de Casación N.° 1010-2020/Lima, ha precisado cuándo se presenta un concurso de delitos entre los tipos penales de estafa y uso de documento público falso.

CONCUSO IDEAL DE DELITOS

La Corte Suprema mediante el Recurso de Casación N.° 1010-2020/Lima, ha precisado cuándo se presenta un concurso de delitos entre los tipos penales de estafa y uso de documento público falso.

Al considerar los hechos imputados, es evidente  que  se  presenta una concurrencia ideal de delitos, conclusión a la que se arriba porque confluyen los presupuestos legales que la configuran:  1. Unidad de acción: porque    los    delitos    imputados    se    han manifestado   en   el   momento   en   que   concurre   a   la   agencia bancaria para efectivizar el cobro de los cheques. 2. Pluralidad de  tipos  legales  realizados: porque   en   el   acto   de presentar   los   cheques   falsos   en   la   ventanilla   del   banco   se consumó el delito de uso de documento público falso, dado que la  estafa  comienza  a  configurarse  desde  el  momento en  que presenta los cheques para su cobro,  a sabiendas de su falsedad, e induce  a  error  al  personal  del  banco,  por  lo  que obtiene  el pago de su importe y, con ello, genera perjuicio a los agraviados y el delito de estafa se consuma. 3.  Unidad de autor: la participación exclusiva del procesado a título de autor es un hecho evidente, no cuestionado en forma alguna. 4. Unidad y pluralidad de sujeto pasivo: en el   presente   caso acontece el hecho reiterado en perjuicio del mismo agraviado.

Las conclusiones precedentes que determinan la presencia de un concurso ideal de delitos devienen en que, como consecuencia, dicho defecto no sea de trascendencia tal que conlleve irremediablemente la nulidad de la sentencia

 

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