CONCURSO APARENTE DE LEYES: ABUSO DE AUTORIDAD Y HOMICIDIO SIMPLE SIMPLE [CASACIÓN N° 950-2018/TUMBES]
La Corte Suprema, mediante la Casación N.° 950-2018/Tumbes, se ha pronunciado acerca de si se configura un concurso aparente de leyes entre los delitos de homicidio simple y abuso de autoridad.
Así, la Corte ha señalado: "Que es claro que la conducta abusiva contra el ciudadano consistió no solo en la forma como fue intervenido por el imputado sino también en el hecho de que, acto seguido, disparó contra él y le ocasionó la muerte. Se trata de un hecho histórico, no de dos. El contexto del hecho, sin duda, fue una actuación de intervención claramente errónea y abusiva, pero la conducta y el resultado final de la conducta del imputado fue disparar contra el agraviado y matarlo. Se trata de un todo unitario –unidad de acciones naturales– mediante un accionar progresivo en un estrecho contexto físico y temporal. Es de recordar que, además, el tipo penal de abuso de autoridad previsto en el artículo 376 del Código Penal está excluido en aquellos casos en los que laactividad concreta y el perjuicio causado formen parte de otros tipos penales específicos. [...] En consecuencia, desde la perspectiva de BINDIG, se está ante un concurso aparente de leyes o unidad de ley resuelta por el principio de alternatividad en función a la estructura lógica de subordinación, propia del principio de especialidad. [...] Así las cosas, el concurso aparente de leyes permite concluir que de dos o más tipos penales, es aplicable solo uno: en el presente caso, el tipo penal de homicidio simple. No hay delito de abuso de abuso de autoridad",
Esta jurisprudencia es relevante pues define cómo solucionar el concurso entre los delitos de homicidio simple y abuso de autoridad.
[Accede a resolución en "Descargar"].