¿Cómo debe valorarse la prueba por indicios en el delito de lavado de activos?

La Corte Suprema mediante el Recurso de Casación N.° 1726-2019/Ayacucho, ha establecidos pautas de valoración cuando se esta ante pruebas indiciarias en el delito de lavado de activos.

¿CÓMO DEBE VALORARSE LA PRUEBA POR INDICIOS EN EL DELITO DE LAVADO DE ACTIVOS?
 

La Corte Suprema mediante el Recurso de Casación N.° 1726-2019/Ayacucho, ha establecidos pautas de valoración cuando se esta ante pruebas indiciarias en el delito de lavado de activos.  


La Sala Penal Permanente ha indicado qué, la prueba por indicios no es un medio de prueba sino una pauta jurídica de valoración. A final de cuentas, es una forma esquemática de exponer el razonamiento propio de la lógica formal, y que se expresa a través de la descripción del presente silogismo: 1. Hecho base o indicio (premisa menor). 2. Máxima de experiencia o criterio lógico (premisa mayor). 3. Hecho presunto (conclusión). Por lo demás esta realidad no es un acontecimiento aislado en el razonamiento probatorio de un proceso, sino que se trata de una constante en cualquier enjuiciamiento, dado que siempre se intenta la averiguación de unos hechos delictivos (hechos presuntos) a través de la reflexión (criterio lógico) sobre la existencia de unos indicios. Los indicios o afirmaciones base no solo han de ser periféricos al hecho principal sino que además se aprecian en conjunto, no aisladamente, de suerte que los hechos constitutivos del delito deben deducirse precisamente de estos indicios completamente probados. El análisis descompuesto y fraccionado de diferentes indicios puede conducir a conclusiones inaceptables desde el punto de vista del razonamiento impugnativo; cada indicio debe ponerse en relación con los restantes. Los indicios han de estar no solo relacionados con el hecho nuclear, sino además interrelacionados entre sí, como notas de un mismo sistema en el que cada uno de ellos represente sobre los restantes en tanto en cuanto formen parte de él, de tal modo que la fuerza de convicción de esta prueba dimana no sólo de la adición o suma, sino también de esta imbricación. 


Esta decisión es importante, pues precisa cómo debe valorarse las pruebas indiciarias en el delito de lavado de activos. 
 

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Pariona Abogados