COLUSIÓN Y PECULADO: RELEVANCIA DE LA PRUEBA POR INDICIOS
La Corte Suprema, mediante el Recurso de Nulidad N.° 1436-2019/Áncash, ha indicado que en los delitos cometidos por funcionarios contra la administración pública; por lo general, la prueba a utilizar es la de carácter indiciaria.
La Sala Penal Permanente ha señalado que la Sala Superior efectuó un análisis sesgado de las premisas fácticas, obviando engarzar cada una de las irregularidades advertidas entre sí. Justamente es la presencia conjunta de dichas irregularidades en el proceso de contratación sub litis, las que se erigen como prueba indiciaria capaz de establecer la existencia de contubernio entre las partes. Resulta plausible la vulneración del deber de motivación en el análisis desplegado por la Sala Penal Superior. Dicha situación acarrea la nulidad de la recurrida.
Esta decisión es relevante, pues brinda alcances de la prueba por indicios en el delito de colusión y peculado.
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