Características de la violencia en el delito de actos contrarios al pudor

La Corte Suprema, mediante Casación N°1954-2018/Santa, precisó que una conducta violenta en términos de limitación o vulneración al bien jurídico “libertad sexual” deberá ser idónea, eficaz y suficiente para imponer la voluntad del agente sobre lo querido por la víctima y, con ello, alcanzar la finalidad propuesta.

CARACTERÍSTICAS DE LA VIOLENCIA EN EL DELITO DE ACTOS CONTRARIOS AL PUDOR

La Corte Suprema, mediante Casación N°1954-2018/Santa, precisó que una conducta violenta en términos de limitación o vulneración al bien jurídico “libertad sexual” deberá ser idónea, eficaz y suficiente para imponer la voluntad del agente sobre lo querido por la víctima y, con ello, alcanzar la finalidad propuesta.

Así, la Sala Penal Permanente precisó que el pudor entendido como el recato, reserva o decoro sexual individual, constituye una manifestación de este bien jurídico “libertad sexual” –o indemnidad sexual–, no en términos de moralidad u honor, sino como reflejo de la capacidad del sujeto de disponer libremente de su cuerpo (sentido positivodinámico) y negarse a ejecutar o tolerar actos sexuales que no desea (sentido negativopasivo). De aquí el fundamento de la regulación de aquellas conductas en que el agente penal despliega de manera impositiva contactos físicos de diversa índole en el cuerpo de la víctima que, sin la finalidad de alcanzar acceso carnal, busca la obtención de una satisfacción sexual o con conocimiento del carácter sexual de la acción desplegada.

La decisión de Corte Suprema es relevante ya que concluye que, por lo tanto, la verificación del carácter típico de la violencia demanda un análisis contextualizado de los hechos objeto de imputación; más aún en materia sexual, en donde la conducta delictiva reviste un carácter furtivo, subrepticio y de gran lesividad emocional para la víctima.

 

Pariona Abogados