Cálculo de la pensión por invalidez parcial permanente

El Tribunal Constitucional del Perú, mediante el Exp. N.º 03253-2021-PA/TC, ha señalado que la forma correcta en la cual se debe efectuar el cálculo de la pensión por invalidez parcial permanente.

CÁLCULO DE LA PENSIÓN POR INVALIDEZ PARCIAL PERMANENTE

El Tribunal Constitucional del Perú, mediante el Exp. N.º 03253-2021-PA/TC, ha señalado que la forma correcta en la cual se debe efectuar el cálculo de la pensión por invalidez parcial permanente.

El pronunciamiento del máximo intérprete de la constitución, se dio al resolver un caso donde el demandante cuestiona el monto de la indemnización por invalidez permanente que se le abonó. A su entender, el monto de la indemnización no fue calculado según lo prescrito por el artículo 18.2.4 del Decreto Supremo 003-98-SA, toda vez que el porcentaje de menoscabo que padece, esto es, 30 %, no debió aplicarse al cálculo efectuado, y lo que correspondía era aplicar el 70 % al promedio de sus remuneraciones que percibía y multiplicarlo por las 24 mensualidades. Al resolver el caso, el Tribunal Constitucional señaló que sobre el particular, el artículo 18.2.4 del Decreto Supremo 003-98-SA establece que “en caso que las lesiones sufridas por el asegurado dieran lugar a una invalidez parcial permanente inferior a 50% pero igual o superior al 20%, la aseguradora pagará por una única vez al asegurado inválido el equivalente a 24 mensualidades de pensión calculados en forma proporcional a la que correspondería a una invalidez permanente total (…)” (cursiva nuestra). Por consiguiente, se infiere que la norma considera para la indemnización la aplicación no solo del porcentaje del 70 % fijado para la pensión de invalidez permanente total, sino que exige, además, que las 24 mensualidades de pensión sean establecidas proporcionalmente, aludiendo al porcentaje de menoscabo que presente el asegurado inválido, sobre cuya base se debe determinar el monto indemnizable. Por ello, no resulta errada la forma como se ha efectuado el cálculo efectuado por la demandada.

Esta sentencia es relevante, puesto que establece alcances respecto al cálculo de la pensión por invalidez parcial permanente.

[Accede a resolución en "Descargar"]. 

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