Ausencia de informe médico legal por violación no justifica exculpación del sindicado

El Tribunal Constitucional, mediante sentencia recaída en el expediente N.° 00299-2022-PHC /TC Amazonas, se ha referido a la falta de un informe médico legal sobre la víctima de violación sexual.

AUSENCIA DE INFORME MÉDICO LEGAL POR VIOLACIÓN NO JUSTIFICA EXCULPACIÓN DEL SINDICADO [STC EXP. N.° 00299-2022-PHC/TC AMAZONAS]

El Tribunal Constitucional, mediante sentencia recaída en el expediente N.° 00299-2022-PHC /TC Amazonas, se ha referido a la falta de un informe médico legal sobre la víctima de violación sexual.

El colegiado indica que “la ausencia de un informe médico legal practicado en fechas cercanas a la violación sufrida por la víctima no puede ser fundamento para exculpar a una persona acusada por el delito de violación sexual, pues, como es sabido, estos delitos se cometen de modo clandestino” (FJ 11).

La valoración de la responsabilidad del agente en casos de violación sexual no puede quedar completamente ligada a la determinación de afectación mediante un informe médico legal sobre la víctima, teniendo la posibilidad de que elementos periféricos doten de igual o más acreditación al hecho punible.

Fuente: https://jurisprudencia.sedetc.gob.pe/sistematizacion-jurisprudencial/busqueda

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