Audiencia de terminación anticipada: El juez debe controlar que el Ministerio Público presente los cargos propuestos contra el imputado

El Tribunal Constitucional, mediante sentencia recaída en el Exp. N.º 00652-2022-PHC/TC se ha pronunciado sobre la terminación anticipada.

AUDIENCIA DE TERMINACIÓN ANTICIPADA: EL JUEZ DEBE CONTROLAR QUE EL MINISTERIO PÚBLICO PRESENTE LOS CARGOS PROPUESTOS CONTRA EL IMPUTADO [EXP. N.º 00652-2022-PHC/TC]

El Tribunal Constitucional, mediante sentencia recaída en el Exp. N.º 00652-2022-PHC/TC se ha pronunciado sobre la terminación anticipada. 

El colegiado ha señalado que “el juez, durante la audiencia de terminación anticipada del proceso, debe controlar que el representante del Ministerio Público presente los cargos propuestos contra el imputado. Además, el juez deberá explicar al procesado los alcances y las consecuencias del acuerdo de terminación anticipada, así como lo que implica no llegar al acuerdo con el Ministerio Público y proceder al juicio oral. Luego de ello, el juez deberá preguntar al inculpado si está de acuerdo con la pena y la reparación civil respectiva” (FJ 11).

Esta resolución es relevante dado que, el TC ha establecido que durante la audiencia de terminación anticipada el juez debe controlar que el Ministerio Público presente los cargos propuestos contra el imputado. 

Fuente: https://jurisprudencia.sedetc.gob.pe/sistematizacion-jurisprudencial/busqueda

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