Asociación ilícita: No resulta determinante para la consumación del delito que se cometan delitos a través de la asociación

La Corte Suprema, mediante el RN N.° 1170-2021/Lima, se pronuncia acerca del momento de consumación del delito de asociación ilícita, específicamente, si resulta determinante que se cometan delitos a traves de la asociación.

DELITO DE ASOCIACIÓN ILÍCITA: NO RESULTA DETERMINANTE PARA SU CONSUMACIÓN QUE SE COMETAN DELITOS A TRAVÉS DE LA ASOCIACIÓN [RN N.° 1170-2021, Lima]

La Corte Suprema, mediante el RN N.° 1170-2021/Lima, se pronuncia acerca del momento de consumación del delito de asociación ilícita, específicamente, si resulta determinante que se cometan delitos a traves de la asociación.

Así las cosas, el colegiado ha señalado que "no resulta determinante que la organización materialice los planes delictivos que conminaron su constitución. [La asociación] es autónoma e independiente del delito o delitos que a través de ella se cometan. De aquí que, esta conducta se consuma desde el momento en que se busca una finalidad ya inicialmente delictiva, no cuando en el desenvolvimiento societario se cometen determinadas infracciones. Ni siquiera se requiere que se haya iniciado la fase ejecutiva del mismo".

Esta resolución es relevante pues precisa el momento en que se consuma el delito de asociación ilícita, específicamente, si resulta determinante que se cometan delitos a traves de la asociación.

[Accede a resolución en "Descargar"].

Pariona Abogados