APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE CONGRUENCIA
La Corte Suprema, mediante Casación N°320-2021/ Lambayeque, precisó que el principio de congruencia o correlación integra la garantía de tutela jurisdiccional.
Así, la Sala Penal Permanente precisó que dicho principio significa que la sentencia penal debe ceñirse a los límites marcados por la acusación fiscal, para cuya determinación ha de confrontarse la parte dispositiva de la sentencia y el objeto del proceso, delimitado por referencia a sus elementos subjetivos (partes) y objetivos (el petitum), y los hechos o realidad histórica que le sirve como razón o causa de pedir (causa petendi).
La decisión de Corte Suprema es relevante ya que determina que el fiscal y las demás partes no son dueñas de la ley que se debe aplicar; corresponde al juez en función a su potestad jurisdiccional aplicar la norma jurídica aplicable.
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