Afectación al principio ne bis in idem por delito de fuero militar y el peculado

El Tribunal Constitucional, mediante expediente N.°00946-2018-PHC-TC/Callao, se ha referido al principio ne bis in idem en un caso en que se alegó su afectación por procesamiento en delito del fuero militar y el peculado.

AFECTACIÓN AL PRINCIPIO NE BIS IN IDEM POR DELITO DE FUERO MILITAR Y EL PECULADO (EXP. N.° 00946-2018-PHC-TC/CALLAO)

El Tribunal Constitucional, mediante expediente N.°00946-2018-PHC-TC/Callao, se ha referido al principio ne bis in idem en un caso en que se alegó su afectación por procesamiento en delito del fuero militar y el peculado.

El Tribunal Constitucional mencionó: “En efecto, en la demanda se expresa que se ha vulnerado el principio ne bis in idem, en razón de que por los mismos hechos está siendo procesado el favorecido en el fuero militar policial, por los delitos de desobediencia y afectación del material destinado a la defensa nacional, y, en la ordinaria, –por peculado, habiendo promovido el favorecido un proceso de habeas corpus anterior al presente proceso. El principio ne bis in idem, en su dimensión material, expresa la imposibilidad de que dos sanciones recaigan sobre el mismo sujeto por una misma infracción; y, en su dimensión procesal, que un mismo hecho no pueda ser objeto de dos procesos distintos o, si se quiere, que se inicien dos procesos con el mismo objeto. En buena cuenta, el principio ne bis in idem veda la imposición de una doble sanción o el inicio de dos procesos sancionadores en los casos en que se aprecie la identidad del sujeto, hecho y fundamento. Pues bien, si se constata la doble sanción penal por un mismo hecho, a un mismo sujeto y por idéntica infracción delictiva, tal actuación punitiva habrá de reputarse inconstitucional, siempre que exista identidad fáctica, de ilícito penal reprochado y de sujeto activo de la conducta incriminada”.

Esta sentencia es importante porque desarrolla correctamente la naturaleza del principio ne bis in ídem y su implicancia para casos de delitos en jurisdicción especial, como lo es el fuero militar, y los delitos contra la administración pública.

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