Acabar con la vida de un disparo a quien te lanzó un ladrillo no configura homicidio por ferocidad

La Corte Suprema, mediante la Recurso de Nulidad N.º 1247-2015, Lima Sur, declaró nulidad del la sentencia ordinaria en tanto que se configuró el delito de homicidio simple.

ACABAR CON LA VIDA DE UN DISPARO A QUIEN TE LANZÓ UN LADRILLO NO CONFIGURA HOMICIDIO POR FEROCIDAD [Recurso de Nulidad N.º 1247-2015, Lima Sur]

La Corte Suprema, mediante la Recurso de Nulidad N.º 1247-2015, Lima Sur, declaró nulidad del la sentencia ordinaria en tanto que se configuró el delito de homicidio simple. 

La Sala Penal Permanente resolvió que “[...] en el caso en concreto, conforme a la narración de los hechos descritos en la acusación fiscal que obra a fojas seiscientos quince; así como de la versión de todos los implicados [testigos, agraviados y acusado] en el presente proceso, se tiene que los hechos ocurrieron en circunstancias de haberse producido una gresca entre el acusado [...] y el agraviado [...], motivo por el cual el encausado se dirigió a su domicilio de donde sacó dos armas de fuego [...] a dispararle, para después retirarse del lugar, de dicha conducta se advierte que el móvil para dicha acción fue que el agraviado Raúl Serna Baldini, al momento que generarse la gresca, a fin de defender a [...], lanzó un ladrillo contra uno de los agresores; hecho que está plenamente corroborado con la versión de los propios agraviados y de los testigos; pues el acusado solo se limitó a dispararle; razón por la cual la conducta desplegada se enmarca en el artículo 106° [Homicidio Simple] del Código Penal [...]" (FJ 9).

Esta decisión es importante ya que brindar mayores alcances sobre la diferencia en el tipo objetivo del homicidio simple y homicidio por ferocidad. 

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