Absolución en el delito de colusión porque no existe contexto típico negocial | ¿Qué debemos entender por “contexto negocial”

La Corte Suprema, mediante el Recurso de Casación N.° 994-2019/Lima, ha precisado que el delito de colusión tiene como nota esencial que el funcionario o servidor público deba resguardar los intereses estatales de carácter patrimonial en un contexto negocial.

ABSOLUCIÓN EN EL DELITO DE COLUSIÓN PORQUE NO EXISTE CONTEXTO TÍPICO NEGOCIAL | ¿QUÉ DEBEMOS ENTENDER POR “CONTEXTO NEGOCIAL”

La Corte Suprema, mediante el Recurso de Casación N.° 994-2019/Lima, ha precisado que el delito de colusión tiene como nota esencial que el funcionario o servidor público deba resguardar los intereses estatales de carácter patrimonial en un contexto negocial.

La Sala Penal Permanente ha señalado que de acuerdo con los hechos materia de imputación postulados, de modo concreto, se atribuye a Ojeda García, en su calidad de director ejecutivo de la Dirección de Depósito Legal de la Biblioteca Nacional, conjuntamente con la directora general del Centro Bibliográfico Nacional, Pérez Brent, haberse concertado con los recurrentes Arrieta Ojeda y Ojeda Zañartu para la expedición y entrega de la Constancia de Ejecución del Programa de Reinversión número 41501341000106- BNP por el monto de S/ 14 195 410 (catorce millones ciento noventa y cinco mil cuatrocientos diez soles), la cual fue ingresada a la Sunat para un crédito de reinversión. Entonces, la conducta atribuida a los imputados no se subsume en el delito de colusión, ya que el ingreso de la constancia de ejecución del programa de inversión ante la Sunat como un crédito contra el impuesto a la renta a favor de Ediciones Corefo S. A. C. para la reinversión correspondiente se trata de un beneficio tributario que se desarrolla en un ámbito de decisión propio de la autoridad administrativa, en que solo debe aplicar la legalidad vigente; no existe un marco de negociación con el tercero o administrado para definir, dentro de un campo de posibilidades legalmente contempladas, la opción más adecuada para los intereses patrimoniales públicos, más no existe el contexto negocial. En consecuencia, debe declararse fundado el recurso de casación, casarse la resolución de vista y, actuando como instancia, confirmar el auto de vista que declaró fundada la excepción de improcedencia de acción solo respecto al delito de colusión agravada, y debe continuarse el proceso penal conforme a su estado.

Esta decisión es relevante, pues brinda alcances del delito de colusión. 

[Accede a resolución en "Descargar"].

Pariona Abogados