TC ordena liberar a persona con síndrome de asperger internado en una clínica sin su consentimiento

Una sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ordenó a la Clínica Pinel SRL liberar a Álvaro Martín Linares Cano (26), quien siendo una persona con síndrome de Asperger fue internado -en marzo de 2018- por su padre Walter Ricardo Linares Arenaza (codemandado), a pesar de no tener ningún régimen de interdicción.

TC ORDENA LIBERAR A PERSONA CON SÍNDROME DE ASPERGER INTERNADO EN UNA CLÍNICA SIN SU CONSENTIMIENTO 

Una sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ordenó a la Clínica Pinel SRL liberar a Álvaro Martín Linares Cano (26), quien siendo una persona con síndrome de Asperger fue internado -en marzo de 2018- por su padre Walter Ricardo Linares Arenaza (codemandado), a pesar de no tener ningún régimen de interdicción.


En la sentencia 789/2021, recaída en el Exp. N.° 01004-2021-PHC/TC, el TC declaró fundada la demanda de habeas corpus de María Rocío Cano Guerinoni, madre de Álvaro, contra el representante de la clínica, Luis Otoya Camino y contra Walter Linares, al haberse acreditado la vulneración del derecho a la libertad individual.
También dispuso que el juez de ejecución informe al demandante sobre la posibilidad de contar con apoyos y salvaguardias si así lo desea, y que le garantice la continuación de un tratamiento médico ambulatorio.


Igualmente, las partes emplazadas deberán informar al TC sobre dicho tratamiento bajo los parámetros que exige el modelo de atención comunitaria de la salud mental. Además, deberá informarse cada 120 días sobre el estado de salud de Álvaro Linares tanto al juez de ejecución del presente proceso como a la Defensoría del Pueblo, entidad que deberá realizar el seguimiento que corresponda conforme a sus funciones.

[Resolución completa en "Descargar"]. 
 

Fuente:None

Pariona Abogados