UN CAMBIO JURISPRUDENCIAL ESPERADO

UN CAMBIO JURISPRUDENCIAL ESPERADO

Raúl Pariona Arana
Abogado defensor. Profesor universitario

1.- En un reciente pronunciamiento (Ex. N.° 559-2024-PHC/TC), el Tribunal Constitucional ha precisado que, en adelante, la ley aplicable para la concesión de los beneficios penitenciarios es la norma vigente al momento en el que la sentencia ha quedado firme. Este nuevo criterio jurisprudencial reemplaza al anterior que consideraba aplicable la ley vigente al momento en que se realizaba la solicitud del beneficio penitenciario.

2.- El fundamento del Tribunal Constitucional es la modificación del Código de Ejecución Penal mediante el Decreto Legislativo N.° 1296. Según la actual ley, los beneficios penitenciarios se aplican de conformidad con la ley vigente al momento en que la sentencia condenatoria queda firme. Sobre esta base, el Tribunal Constitucional considera que la relación jurídico-penitenciaria nace indefectiblemente cuando la condena queda firme. A partir de este momento, todo ciudadano condenado debe conocer el régimen penitenciario que le corresponde y los beneficios penitenciarios a los que puede acceder. 

3.- En los últimos años, la legislación penal peruana se ha ido endureciendo, restringiendo el acceso a los beneficios penitenciarios, lo que ha contribuido a la crisis (emergencia) de nuestro sistema penitenciario. Por ello, el cambio de criterio jurisprudencial del Tribunal Constitucional resulta acertado. Primero, porque establece un punto de referencia claro para definir la norma aplicable a los beneficios penitenciarios (cuando la sentencia quede firme). Segundo, porque hace patente de la vigencia de la ley en un Estado de Derecho. Y, tercero, porque permite superar las deficiencias del criterio anterior que exponía al interno a eventuales cambios legislativos que podían afectar negativamente sus expectativas de justicia. 

4.- Se trata de un cambio jurisprudencial esperado. Debió llegar antes pues la ley fue modificada ya en el 2016. Sin embargo, es buena noticia, pues va en el camino correcto y afianza la vigencia de los principios de un Estado de Derecho.

Lima, enero de 2025.
 

Raúl Pariona Arana