Los bienes jurídicos protegidos en el delito de lavado de activos

La Corte Suprema, mediante lo resuelto en el R.N. N.º 719-2018, Apurímac, se ha pronunciado sobre los bienes jurídicos protegidos en el delito de lavado de activos.

LOS BIENES JURÍDICOS PROTEGIDOS EN EL DELITO DE LAVADO DE ACTIVOS [R.N. N.º 719-2018, APURÍMAC]

La Corte Suprema, mediante lo resuelto en el R.N. N.º 719-2018, Apurímac, se ha pronunciado sobre los bienes jurídicos protegidos en el delito de lavado de activos.

El colegiado ha señalado que “se protege una pluralidad de bienes jurídicos que son afectados o puestos en peligro de modo simultáneo o sucesivo durante las etapas y operaciones delictivas que ejecuta el agente. En ese contexto dinámico, por ejemplo, los actos de colocación e intercalación comprometen la estabilidad, transparencia y legitimidad del sistema económico-financiero. En cambio, los actos de ocultamiento y tenencia afectan la eficacia del sistema de justicia penal frente al crimen organizado” (F.J. 6).

Esta resolución es importante, porque establece que el objeto de tutela penal son diversos intereses jurídicos que resultan lesionados o amenazados de manera concurrente o consecutiva a lo largo de las fases y acciones delictivas que realiza el autor.

Para revisar la sentencia completa y otras jurisprudencias únete a nuestra COMUNIDAD:

Pariona Abogados