¿CUÁL ES LA NATURALEZA DE LA MEDIDA DE CONGELAMIENTO ADMINISTRATIVO DE FONDOS Y SU RELACIÓN CON EL DELITO DE LAVADO DE ACTIVOS?
“El congelamiento administrativo de fondos es una medida restrictiva de carácter preventivo, provisionalísimo y excepcional”.
Con el objeto de contribuir al combate contra la delincuencia organizada, el 19 de abril de 2012, se publicó el Decreto Legislativo N° 1106 que introdujo una serie de modificaciones a la Ley N° 27693 “Ley que crea la Unidad de Inteligencia Financiera-Perú” y, en tal contexto, otorgó a esta entidad la facultad para disponer el congelamiento administrativo de fondos en casos relacionados a los delitos de lavado de activos y de financiamiento del terrorismo, bajo determinados presupuestos.
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