TRIBUNAL AUTORIZÓ A GINECÓLOGA REALIZAR CESÁREA EN CONTRA DE LA VOLUNTAD DE UNA MUJER GESTANTE
El caso se refiere a la solicitud presentada por medio de un correo –y también de un mensaje de WhatsApp– remitido por una doctora, por medio de la cual solicita la medida de “protección de persona” consistente en la autorización para la realización de una cesárea abdominal en caso de ser necesario, a una mujer de 33 que padecía de una anemia severa. La doctora refiere que explicó detenidamente a la mujer la necesidad de terminar en forma urgente la gestación, ya que el feto se encontraba en una situación de inminente riesgo vital. Refiere que la mujer gestante se negó al procedimiento sin entregar razones para ello.
El Tribunal advierte que la doctora entregó las explicaciones sobre la necesidad del procedimiento quirúrgico tanto a la mujer en parto como a su pareja. Por otra parte, advierte que los progenitores “no han vertido ni han logrado convicción alguna en la suscripta que permitan tener en cuenta sus razones para la negativa en caso de ser necesario proteger la vida del bebé.”
Enseguida, advierte que existe una colisión entre, por una parte, la protección del niño que está por nacer y, por la otra, el derecho de la mujer a auto determinarse y a decidir sobre su cuerpo. Por otra parte, recuerda que tanto la legislación de Rio Negro, como la Constitución y los tratados internacionales reconocen el principio de interés superior del menor, conforme al cual, cuando exista conflicto entre los derechos e intereses de estos frente a otros derechos e intereses igualmente legítimos, deben prevalecer los primeros.
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