SUNEDU: Modifican el reglamento de Registro Nacional de Trabajos conducentes a grados y títulos (RENATI)

El Consejo Ejecutivo de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU) modifica una serie de normas Reglamento del Registro Nacional de Trabajos conducentes a Grados y Títulos – RENATI con la finalidad de coadyuvar en la calidad de la investigación científica y la integridad académica, como parte del desarrollo de los trabajos conducentes a grados y títulos; así como preservar la información para facilitar su acceso y difusión, en beneficio de la comunidad académica.

SUNEDU: MODIFICAN EL REGLAMENTO DEL REGISTRO NACIONAL DE TRABAJOS CONDUCENTES A GRADOS Y TÍTULOS – RENATI

El Consejo Ejecutivo de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU) modifica una serie de normas siendo las siguientes: Los artículos I y II del Título Preliminar; los artículos 1°, 2°, 6°, 8°, 10°, 11°, 12°, 13°, 14°, 15°, 16°, 19°, 20°, 21° y 22°; la Primera, Segunda, Décimo Segunda y Décimo Quinta Disposición Complementaria Final; y la Única Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento del Registro Nacional de Trabajos conducentes a Grados y Títulos – RENATI.

El presente Reglamento tiene por objeto establecer los criterios y procedimientos para la recolección transparente y ordenada de los trabajos conducentes a grados y títulos de conformidad con la Ley Universitaria, así como su posterior inscripción en el RENATI; y, para establecer el procedimiento de alojamiento de los trabajos conducentes a grados y títulos otorgados por universidades o escuelas de posgrado, cuya licencia ha sido denegada por la Sunedu.

Se tiene como finalidad coadyuvar en la calidad de la investigación científica y la integridad académica, como parte del desarrollo de los trabajos conducentes a grados y títulos; así como preservar la información para facilitar su acceso y difusión, en beneficio de la comunidad académica.

[Accede a la Resolución de Consejo Directivo en "Descargar"].

Fuente:None

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