Proponen que usar declaraciones falsas de colaboradores eficaces sin corroborar sea considerado prevaricato

Con fecha 21 de enero del presente año, el Congresista de la República Waldemar Cerrón Rojas, integrante del grupo parlamentario Perú Libre presentó el Proyecto de Ley N° 1195/2021-CR, denominado: “Proyecto de ley que modifica el artículo 418° del Código Penal aprobado mediante Decreto Legislativo N.° 635”.

PROPONEN QUE USAR DECLARACIONES FALSAS DE COLABORADORES EFICACES SIN CORROBORAR SEA CONSIDERADO PREVARICATO

Con fecha 21 de enero del presente año, el Congresista de la República Waldemar Cerrón Rojas, integrante del grupo parlamentario Perú Libre presentó el Proyecto de Ley N° 1195/2021-CR, denominado: “Proyecto de ley que modifica el artículo 418° del Código Penal aprobado mediante Decreto Legislativo N.° 635”.

La presente ley tiene por objeto modificar el artículo 418° del Decreto Legislativo N.° 635 – Código Penal y con ello incorporar en el texto de prevaricato el mal uso de las Resoluciones Judiciales o Dictámenes Fiscales con declaraciones falsas de colaboradores eficaces sin corroborar, constatar o cotejar, a la que está obligado a hacerlo por mandato de la Ley.  

Se propone modificar el artículo 418° del Código Penal, en los siguientes términos:

“Artículo 418.- Prevaricato 

El Juez o el Fiscal que dicta resolución o emite dictamen, manifiestamente contrarios al texto expreso y claro de la ley, o cita pruebas inexistentes o hechos falado, o se apoya en leyes supuestas o derogadas, o usa declaraciones de colaboradores eficaces sin corroborar, constatar u cotejar, a la que está obligado a hacerlo, será reprimido con pena privativa de libertad ni menor de cuatro ni mayor de seis años”.

[Proyecto de ley en "Descargar"]. 
 

Fuente:None

Pariona Abogados