PROPONEN OBLIGATORIEDAD DE LA PRUEBA PSICOLÓGICA PARA CONTRAER MATRIMONIO, CON EL PROPÓSITO DE REDUCIR DELITOS POR VIOLENCIA FAMILIAR
Con fecha 27 de abril del presente año, el Congresista de la República Montalvo Cubas Segundo Toribio, integrante del Grupo Parlamentario Perú Libre, presentó el Proyecto de Ley N° 1872/2021-CR, denominado: “Proyecto de ley que dispone la obligatoriedad de la prueba psicológica para contraer matrimonio, con el propósito de reducir los índices de la comisión de delitos por violencia familiar”.
La presente ley, tiene como objeto, modificar los artículos 440, 450 -A, 45°-B, 221°, 241°, 243°, 248°, 389°, 466°, 5640, 5660 , 5830, 6030, 6100, 6130, 6590 -E, 6870 , 1358°, 1976°-A y 1994° del Código Civil, para adecuar el articulo 2480de este Código Sustantivo, incorporando la obligatoriedad de la prueba psicológica exigida por los municipios como requisito, antes de contraer matrimonio, con el propósito de reducir, los índices de violencia familiar, que pudieren derivar en la comisión de delitos, producto de violencia familiar.
La presente ley, tiene como finalidad, reducir los niveles de violencia, intra- familiar. Adecuando el articulo 2480del Código Civil, ponderando la prueba psicológica previa antes de contraer el matrimonio, por ser importante, en la iniciación de la familia.
[Proyecto de ley en "Descargar"].