Proponen eximir de responsabilidad penal el acto médico

Con fecha 11 de febrero del presente año, el Congresista de la República Elías Marcial Varas Meléndez, integrante del grupo parlamentario Perú Libre presentó el Proyecto de Ley N° 1301/2021-CR, denominado: “Ley que eximen de responsabilidad penal, el acto médico”.

PROPONEN EXIMIR DE RESPONSABILIDAD PENAL EL ACTO MÉDICO 

Con fecha 11 de febrero del presente año, el Congresista de la República Elías Marcial Varas Meléndez, integrante del grupo parlamentario Perú Libre presentó el Proyecto de Ley N° 1301/2021-CR, denominado: “Ley que eximen de responsabilidad penal, el acto médico”.

La presente ley, tiene por objeto modificar el inciso 10 del artículo 20 y el artículo 111, segundo párrafo del Código Penal.

Modificar el inciso 10 del artículo 20 del código Penal en el término
siguiente:

"Artículo 20.- está exento de responsabilidad penal:

10. El que actúa, en ejercicio de su profesión y siempre que exista el
consentimiento válido del titular de un bien jurídico de libre disposición y medie el
consentimiento informado y que se haya cumplido las guías médicas o protocolos
médicos según el caso".

Igualmente, modificar el artículo 111, segundo párrafo del Código Penal en el término siguiente: 

“Artículo 111 .-Homicidio culposo: 

(...) La pena privativa de la libertad será no menor de un año ni mayor de cuatro años si el delito resulta de la inobservancia de reglas de profesión, de ocupación o industria y no menor de un año ni mayor de seis años cuando sean varias las víctimas del mismo hecho. 

No están comprendidos en el precepto precedente, el profesional de la medicina, que actúa en cumplimiento de su ejercicio profesional, siempre que actúe conforme a lo establecido en el inciso 10 del artículo 20 del Código Penal”.
 

[Proyecto de ley en "Descargar"]. 

Fuente:None

Pariona Abogados