Pronunciamiento de los/las 35 Presidentes/as de las Cortes Superiores de Justicia del Perú, sobre los procedimientos de ratificación iniciados por la Junta Nacional de Justicia

Los/las Presidentes/as de las 35 Cortes Superiores de Justicia del Perú, en sesión extraordinaria de fecha 10 de enero del 2022; acordamos asumir una postura institucional unánime de respaldo al comunicado de la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la República, respecto del pedido imperativo de que se suspenda el procedimiento de ratificación nacional, se adapten sus disposiciones a lo establecido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos y se produzcan los cambios normativos, a todo nivel, incluso constitucional y legal orgánico, a cargo del Congreso.

PRONUNCIAMIENTO DE LOS/LAS 35 PRESIDENTES/AS DE LAS CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA DEL PERÚ, SOBRE LOS PROCEDIMIENTOS DE RATIFICACIÓN INICIADOS POR LA JUNTA NACIONAL DE JUSTICIA 

Ante el inicio de los procedimientos individuales de ratificación por parte de la Junta Nacional de Justicia – CONVOCATORIA N° 001-2021-RATIFICACIÓN/JNJ y el pronunciamiento de la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la República, de fecha 7 de enero del 2022: 

Los/las Presidentes/as de las 35 Cortes Superiores de Justicia del Perú, en sesión extraordinaria de fecha 10 de enero del 2022; acordamos asumir una postura institucional unánime de respaldo al comunicado de la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la República, respecto del pedido imperativo de que se suspenda el procedimiento de ratificación nacional, se adapten sus disposiciones a lo establecido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos y se produzcan los cambios normativos, a todo nivel, incluso constitucional y legal orgánico, a cargo del Congreso. A fin de evitar que el Estado Peruano incurra en responsabilidad internacional por el incumplimiento de sus obligaciones convencionales; esto es, concretamente respecto al deber de adecuación de su ordenamiento jurídico conforme a los estándares delimitados en la sentencia del caso Cuya Lavy Vs. Perú del 28 de setiembre del 2021 notificado el 10 de diciembre último al Estado Peruano, los cuales vinculan a todos los poderes públicos e instituciones del Estado.

En efecto, en la referida sentencia, el Tribunal interamericano ha identificado una serie de vulneraciones de derechos emanadas del proceso de ratificación nacional. En ese sentido, ha señalado que, como parte de la garantía convencional de la independencia en el ejercicio de sus funciones, los/as jueces/as y las/os fiscales gozan de las garantías a un adecuado proceso de nombramiento y a ser protegidos contra presiones externas. 

Continua...

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